EL AYUNTAMIENTO DE LOBRAS HA APROBADO DEFINITIVAMENTE LA ORDENANZA DEL SUMINISTRO DE AGUA POTABLE
En el BOP del día 19 de diciembre de 2.011 se publicó la nueva ordenanza del suministro del agua potable para el municipio de Lobras. En esta ordenanza se recogen las tarifas por el canon de la Junta de Andalucía, así como las tarifas de uso doméstico, además de los derechos y deberes de los abonados, etc.
El contenido íntegro de dicha ordenanza la pueden consultar en el BOP del día 19/12/2011 y en el apartado de ordenanzas de esta página web siguiendo la siguiente ruta: Ayuntamiento⇒inicio⇒ordenanzas.
Más abajo se adjunta una hoja informativa sobre esta nueva ordenanza y las tarifas aplicadas.
TARIFAS DE AGUA POTABLE SEGÚN EL CONSUMO FAMILIAR
En base a la Ley 9/2010 de 30 de julio de 2010, cuyos principios son los siguientes:
1º.- Uso sostenible del agua, basado en la protección de los recursos hídricos disponibles, lo que supone su utilización racional y solidaria, y el fomento de la reutilización y abono del agua.
2º.- Protección de la salud, en las aguas de consumo humano que implica priorizar mejor la calidad del agua, así como las infraestructuras.
3º.- Igualdad de trato para los ciudadanos en sus relaciones con la administración del agua.
Las nuevas tarifas de agua para el municipio de Lobras son las que se exponen a continuación:
Canon de mejora de infraestructuras hidráulicas: · Canon Fijo: 1 euro/usuario/mes · Canon Variable: - 1º Tramo: 0-2 m3. Exento - 2º Tramo: 2-10 m3. 0,10 €/m3 (30%) - 3º Tramo: 10-18 m3. 0,20€/m3 (30%) - 4º Tramo: 18 m3 en adelante. 0,60€/m3 (30%) | |
Tarifas de Uso doméstico: · Cuota Fija: 5 €/trimestre/abonado · Cuota Consumo: - 1 º Tramo: 0-6 m3. Exento - 2º Tramo: 6-30 m3. 0.30 €/m3 - 3º Tramo: 30-54 m3. 0.60 €/m3 - 4º Tramo: 54 m3 en adelante. 0.90 €/ m3 | |
Estas tarifas entrarán en vigor en Enero del año 2012 (aunque la Ley obligaba aplicarlas a primeros del año 2011). El Canon de mejora también se debía aplicar a primeros del año 2011, por eso el primer semestre del año 2011 lo ha pagado el Ayuntamiento, pero el segundo semestre se ha cobrado a cada abonado en el recibo anual del 2011.
Los recibos correspondientes al agua, basura y alcantarillado comenzarán a emitirse de forma trimestral a partir de Enero del año 2012.
Ø El Ayuntamiento deberá controlar la calidad del agua de consumo humano y tomar las medidas sanitarias oportunas. En los cortes de suministro que sean previsibles el Ayuntamiento deberá avisar con 24 horas de antelación.
Ø El Ayuntamiento inspeccionará las instalaciones interiores para adecuar el servicio a la legalidad, vigilancia y calidad del agua.
Ø Los ciudadanos están obligados a utilizar el agua en la forma de uso contratada con el Ayuntamiento.
Ø A los abonados que no paguen un trimestre se les cortará el suministro de agua.
Ø Los contadores estarán precintados por Industria.
Ø Los abonados no podrán, bajo ningún concepto, ceder agua gratuita ni remunerada a terceros.
Ø Tendrá que existir un contrato escrito entre el abonado y el Ayuntamiento (según modelo que se proporcionará).